Monotributo: pedirán más datos
Tuesday 20 de July del 2010A partir de septiembre, los monotributistas de las categorías más altas deberán completar por la Web una declaración jurada para informar a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) datos referidos a los gastos que les demanda el desarrollo de sus actividades. Concretamente, tendrán que detallar cuáles fueron sus consumos en electricidad y alquileres, que son parámetros utilizados para determinar la categoría correspondiente.
La nueva obligación estaba prevista en la reglamentación de la reforma legal que tuvo el sistema simplificado y que rige desde enero de este año. Pero aún falta que la AFIP regule formalmente las condiciones en que debe cumplirse el trámite. Esa normativa será anunciada en los próximos días.
En septiembre, los contribuyentes tendrán que consignar información referida a los dos últimos cuatrimestres: los comprendidos entre enero y abril y entre mayo y agosto de este año, según consignaron fuentes del organismo. Esto es porque la disposición tiene vigencia para todo 2010, pese a que en la práctica aún no fue aplicada.
Desde la AFIP aún no anticipan cuáles serán exactamente las categorías alcanzadas, pero sí afirman que el trámite obligará a “no más del 15%” del total de contribuyentes.
La ley que rige desde enero ajustó los montos de facturación tope para mantenerse dentro del sistema simplificado, sin tener que saltar al régimen general, que incluye la inscripción en el IVA, la declaración anual de ganancias y el pago del aporte previsional de autónomos. La nueva declaración jurada, al ser requerida a quienes más facturan, está más orientada a detectar contribuyentes que no deberían estar en el monotributo que a verificar si están bien ubicados entre las categorías previstas en el sistema.
Según ya definió la resolución 2746, de enero último, la declaración deberá incluir, respecto del consumo de energía eléctrica, el número del medidor y nombre de la compañía prestadora del servicio. Y respecto de los alquileres, en caso de existir, los datos del propietario y la nomenclatura catastral del inmueble.
El monotributo admite a quienes tienen una actividad comercial si facturan hasta $ 300.000 por año, y a quienes prestan servicios si el monto de sus ingresos no supera los $ 200.000 al año. En cada caso, se debe cumplir también con límites fijados en diferentes parámetros: en las categorías tope, el pago de alquileres por ejemplo no puede ser superior a los $ 45.000 anuales, el consumo de electricidad no puede pasar la barrera de los 20.000 kW por año y la superficie afectada no puede exceder los 200 metros cuadrados.
Según Flavia Melzi, vicepresidenta del Consejo Profesional de Ciencias Económicas, la nueva disposición es razonable, ya que tiende a un mayor control, haciendo que los contribuyentes sigan declarando los datos que le permiten ubicarse en una u otra categoría, pero ahora “con un sustento documental”.
En cambio, el tributarista César Litvin consideró que se trata de un trámite más, que complica a los contribuyentes en un régimen que se les presentó como “simplificado”.
Fte: La NacionPalabras Claves: Monotributo
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